El poder · Puebla
Corte invalida cobros de Tlaxcala por tuberías de gas; rebasaban facultades
La Suprema Corte anuló por unanimidad una ley municipal que cobraba derechos a empresas por instalar tuberías de hidrocarburos. El Congreso de Tlaxcala había aprobado esos cobros, pero la Corte determinó que eso compete solo a la Federación.
Cómo te pega: No te pega directo si eres persona física. Pero importa: confirma que los municipios no pueden inventar cobros sobre actividades federales. Si alguna vez un ayuntamiento te cobra por algo que no le corresponde, tienes jurisprudencia de respaldo para impugnarlo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación anuló cobros que el ayuntamiento de San Damián Texóloc había establecido en su ley de ingresos para 2027. Los ministros votaron por unanimidad y determinaron que el Congreso de Tlaxcala se pasó de facultades al permitir ese cobro municipal.
El conflicto comenzó cuando la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal presentó una demanda el 9 de enero de este año. El argumento: Tlaxcala estaba permitiendo que un municipio cobrara por algo que solo la Federación puede regular: los hidrocarburos.
La ley local establecía que cualquier empresa con tuberías o instalaciones subterráneas para transportar, almacenar o distribuir gas natural debía obtener una licencia del municipio. El costo: 2.5 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por metro, más 20 UMA adicionales por cada registro de instalación.
Por qué la Corte dijo que no
Los ministros recordaron que aunque los municipios tienen facultades en temas como desarrollo urbano, uso de suelo y ordenamiento territorial, eso no les da carta blanca. Específicamente: no pueden regular actividades del sector energético, que es asunto federal.
La Corte encontró que el cobro no era por construcción o características urbanísticas, sino específicamente por las tuberías de hidrocarburos. Eso cruzaba la línea.
El Congreso de Tlaxcala intentó defenderse: argumentó que el cobro buscaba ejercer control territorial y conseguir recursos para el municipio, no regular el sector energético. Los ministros no lo creyeron.
La decisión ya está en vigor. El Congreso de Tlaxcala y el ayuntamiento de San Damián Texóloc fueron notificados: ese artículo 27 de su ley de ingresos quedó anulado.
Este no es el primer revés de este tipo. La Corte ha invalidado otras disposiciones de leyes de ingresos municipales en Tlaxcala que pretendían cobrar sobre actividades federales. El patrón: cuando un municipio quiere dinero de sectores estratégicos, la Federación lo cuestiona y gana.
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- La Jornada de Oriente Ver fuente
Publicada el 24 de septiembre de 2026. Si encuentras un error, escríbenos y lo corregimos con nota al pie.